1900-1950 CINCUENTA AÑOS DE PRODUCCIÓN, TIPOGRÁFICA EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA


Tinta, plomo y control: medio siglo de imprentas en Las Palmas

El periodista Juan Antonio Martínez de la Fe rescata la memoria de los talleres tipográficos que impulsaron el despegue cultural y empresarial de Gran Canaria entre 1900 y 1950. A través de este exhaustivo estudio —presentado en la Real Sociedad Económica de Amigos del País—, la obra radiografía desde el tejido industrial de las artes gráficas hasta el estricto marco legal que las condicionó: los tiempos de supervisión y censura en la calle Cano, la obligatoriedad del pie de imprenta para evitar la clandestinidad y la evolución histórica del depósito legal. Una crónica fundamental sobre los guardianes del papel en las islas.

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“1900-1950 CINCUENTA AÑOS DE PRODUCCIÓN, TIPOGRÁFICA EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA”.
Un intento de aproximación.

Edita: Mercurio
Promociona: Asociación de la Prensa de Las Palmas
Impreso en Reprográficas Malpe, SA
Calle de la Calidad, 24
Polígono Industrial Los olivos
28906 Getafe (Madrid)



 Juan Antonio Martínez de la Fe rescata la historia de las imprentas en Las Palmas de Gran Canaria, actividad empresarial que participó de lleno en el despegue de las islas a lo largo del siglo XX.

El jueves 12 de febrero de este 2026, se presentó en la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria por Juan Antonio Martínez de la Fe.
 

El periodista e investigador canario presentó el jueves 12 de febrero en la RSEAPGC el libro “CINCUENTA AÑOS DE PRODUCCIÓN, TIPOGRÁFICA EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA”. Un intento de aproximación, editado con el sello Mercurio y de la colaboración del Gobierno Regional.


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    Entresaco:

    Martínez de la Fe da a conocer en el libro una excelencia historiográfica que permite comprobar la implantación y el éxito de la imprenta con 44 en la provincia de Las Palmas y 40 en la de Santa Cruz de Tenerife en 1955.

    Hace clara distinción entre imprentas (10, entre las que se encuentran algunos periódicos), talleres fotograbados (1), litografías (1) y fábrica de libros rayados (12), entre otras distinciones como librería y fábrica de papel.

    Las imprentas que cerraban eran adquiridas, ya en la década de los sesenta por quienes pretendían introducirse en el mundo de las artes gráficas, a fin de evitar el capital aproximado de treinta millones de pesetas que se exigía como condición indispensable para abrir un nuevo taller de imprimir.



    MARCO LEGAL DE LAS IMPRENMTAS: CENSURA, PIE DE IMPRENTA, DEPÓSITI LEGAL.


    La censura:

    El marco legal principal que afecta a las imprentas era la Ley de 26 de julio de 1883, publicada en la Gaceta de Madrid del lunes 30 del mismo mes.

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    Más adelante detalla que serán clandestina aquellas publicaciones que no cumplieran con los requisitos ------ antes mencionados. Esta disposición se mantuvo estable casi en su totalidad, pues la censura hizo acto de presencia ya desde el mes de diciembre de 1936, cuando el decreto del 23 de diciembre publicado el Boletín de la Nochebuena determina que:

    Se declaran ilícito la producción, el comercio y la circulación de libros, periódicos, folletos y toda clase de impresos y grabados pornográficos o la literatura socialista, comunista, libertaria y en general, disolventes.

    En Las Palmas de Gran Canaria, esta censura se efectuaba en la calle Cano, en edificio que hoy ocupa la dependencia del Cabildo Insular, entre ellas su Librería. La norma era que un original entregado tardaba un día por cada cuarenta y ocho páginas de texto para recibir el resultado de la supervisión.

    La censura perdió, al menos oficialmente, hasta la publicación en el BOE de ley 14/1966, de Prensa e Imprenta. Su artículo tercero dice así:

    De la censura. - La administración no podrá aplicar la censura previa ni exigir la consulta obligatoria, salvo en los estados de excepción y de guerra expresamente previstos por las leyes.


    Pie de imprenta:

    El pie de imprenta, sin embargo, sí se ha mantenido más estable desde aquella primera disposición legal del año 1883. Ya allí se especificaba que su ausencia convertiría en clandestino, y por consiguiente sujeto al Código Penal, cualquier tipo de impreso. Sin citarlo expresamente el decreto del 23 de octubre de 1938 establece que deberían llevar la indicación del nombre del impresor o del productor, la del lugar de su residencia y la cifra íntegra del año de creación o de la edición de la obra.

    Poco después, en 1959, una orden del 21 de julio, del Ministerio de Información y Turismo, implicaba implanta la asignación de un número de orden a las ubicaciones editadas en España o importadas del exterior, número que pasa formas parte del cuerpo de piedra imprenta.



    Depósito legal:

    Las disposiciones relativas al depósito legal durante el siglo XVIII, cuando Felipe V crea la inicialmente llamada la Librería o Biblioteca Real, germen de lo que posteriormente sería la Biblioteca Nacional. Desde entonces y hasta los años cincuenta han pasado siglo, no parece que tales disposiciones cumplieran de manera rigurosa, como prueba el alto número de circulares, órdenes y decretos que emite los diferentes gobiernos reclamando su más puntual cumplimiento: 1716, 1761 1762, 1788, 1793, 1802, 1812, 1837, 1841, 1843, 1847, 1879, 1896 1938, ……….

    En 1958, la última norma dictada y por ende vigente, era el decreto del 14 de julio de 1955. Se trata de un texto breve de tan solo tres artículos de disposiciones finales. Prácticamente, lo que viene a decir es que el depósito legal se efectuará de conformidad con la ley del 10 de enero de 1879 y el decreto del 13 de octubre de 1938 y que el Ministerio de Educación Nacional dictará necesario el reglamento que no vino a las páginas del BOE hasta el 20 de enero de 1958: el decreto del 23 de diciembre de 1957 al que nos referimos más adelante. La ley de 1879, referida a la propiedad intelectual, en la que, en su artículo 34 obliga a los autores a depositar tres ejemplares de sus obra: una para bibliotecas en que se deposita, otro para el Ministerio de Fomento y el tercero para la Biblioteca Nacional.

    No podría faltar la correspondiente declaración por triplicado que incluían entre otros además los ya indicados.


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    El presidente del Ejecutivo autonómico, Fernando Clavijo, felicitó en persona a Martínez de la Fe, en una audiencia en la sede gubernamental, por el "empeño y esfuerzo basado en el rigor" sobre un sector que ha contribuido "de forma indudable" a elevar el nivel económico, empresarial y cultural del Archipiélago.




La prensa se hizo eco de la presentación de este libro, aquí un ejemplo de la publicación en el periódico La Provincia.





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