ORDENANZAS DE LA REAL AUDIENCIA DE CANARIAS


SOBRE LAS ORDENANZAS DE LA REAL AUDIENCIA DE CANARIAS

 

Autor: Benjamín Artiles

Ediciones: EL GABINETE LITERARIO de Las Palmas de Gran Canaria en 1949.


Las Ordenanzas de la Real Audiencia de Canarias compiladas por el oidor Licenciado D. Miguel Escudero de Peralta.

Impresa en Tipografía Alzola de la calle de La Peregrina nº 7 Las Palmas de Gran Canaria.


----------

    La Real Audiencia de Canarias fue un órgano judicial de la Corona de Castilla establecido en Gran Canaria por Carlos I de España en 1526. Tenía competencias judiciales en asuntos civiles y criminales, pero no tenía competencias de gobierno.


    Físicamente, el tribunal se encontraría en las antiguas Casas Consistoriales de Las Palmas de Gran Canaria, edificio que se perdió en 1842 por un desastroso incendio. Actualmente, en el mismo solar, se encuentra el edificio antiguo y neoclásico del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

----------

 


    Al Iltmo:  Sr. Don Miguel Bordonau y Más. Director General de Archivos y Bibliotecas y a don Matías Vega Guerra, Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, a quienes se debe la creación del Archivo Histórico Provincial de las Palmas.

 

    Prologo: Este ensayo   ve la luz el propio día en que el archivo Histórico Provincial de Las Palmas, creado por O. M. de 20 de septiembre de 1948, comienza a funcionar como tal “con la colaboración generosa y eficaz dice - el oficio del “Excmo. Sr. Ministro de Educación Nacional – del Cabildo Insular de Gran Canaria que ha demostrado su extraordinario interés por el establecimiento de dicho Archivo.

 


    Sustancialmente, este trabajo que ahora se publica es el mismo que se leyó en la apertura del curso académico 1948-1949 y que más tarde apareció en las columnas del diario “Falange” merced a Don Ignacio Quintana Marrero.

 

    Tuvo lugar esta apertura el 4 de octubre de 1948 en el salón de actos del Cabildo Insular de Gran Canaria y gracias a la generosa amabilidad del Grupo de Bibliotecas de el “Gabinete Literario.

 

    Nuestra Real Audiencia nació como del árbol gigante cuyas atribuciones y privilegios vinieron a sembrar el desconcierto entre las autoridades y corporaciones existentes en estas islas.

 

    La novedad de este establecimiento dice con acierto Viera “Noticias tomo III, página 115, aunque favorable, no dejaba de ser novedad, y ya se sabe cuándo suelen indisponer los ánimos de los que se interesan en sostener las ventajas que les puedan quitar la reforma. Y esa fue la causa de las luchas infinitas que la Audiencia tuvo que sostener ya que para que se enraizaran los privilegios concedidos o para conseguir otros nuevos. 

 

    Pero cuando a partir del año de 1625 los Capitanes Generales unieron de una manera casi constante a su amplia jurisdicción la extraordinaria de la Audiencia de las que fueron Presidentes y Gobernadores, no tuvieron otro poder que viniera a turbar sus amplias atribuciones, sino la Iglesia y a partir de entonces es cuando mas frecuencia tropiezan uno y otro poder, enfrentándose y conteniendo en multitud de casos de competencia.

 

    De la conferencia, entresaco:

 

    Vinculado a este instituto de Enseñanza Media al par que al Archivo Histórico Provincial que acaba de crearse, nada mas ha parecido más apropósito y de más novedad que hablar en este acto inaugural de un nuevo curso académico de algo relacionado con este Archivo y encontrado en el mismo el espigar en el dilatado campo de su documentación.

 

    Los documentos de la Real Audiencia de Canarias y los Protocolos seculares, que arrancan unos y otros de los primeros años de la centuria decimosexta, constituyen una cantera inagotable, pero en la actualidad casi absoluta desconocida, …….

 

    Los pleitos, como toda la documentación administrativa, al correr de los tiempos, se transforman en fuente de enorme importancia para la investigación histórica.  Los siglos en su lento desarrollo van mermando el interés de los motivos que en su día pudiera tener los litigantes para personarse ante el Superior Tribunal de la Audiencia y reclamar justicia para sus intereses y derechosa conculcados.

 

    Y no digamos los protocolos notariales, pues con sobrada razón se ha dicho que, entre los enrevesados caracteres de la escritura procesal, de aquella que, en frase de Cervantes, no la entenderá Satanás, está la vida de los siglos pasados en sus aspectos más íntimos e interesantes.

 

    Las Ordenanzas que regulaban la vida, régimen y gobierno de esta Audiencia de Canarias, no se hallaban agrupadas, formaban un Cuerpo sistematizado y orgánico, como se lo formaban las de la Audiencia de Sevilla o la Cancillería de Valladolid, por el contrario, aquellas Ordenanzas se hallaban dispersas, diseminadas en numerosas Reales Cédulas, Resultas de Visitas y otros documentos de los que había que acudir en cada caso con los inconvenientes que son de prever.

 

    Estilo y traza de estas Ordenanzas y para ello se tomará “los días de tabla en que la Audiencia va a la Iglesia Catedral y del asiento y preeminencias que en ella se dirá” La Audiencia, dice, va a la Iglesia Catedral en forma de Audiencia los días segundos de la Pascua de Navidad y Resurrección, el primero de la del Espíritu Santo, día de Corpus Cristi, los de la Purificación, Anunciación y Asunción de la Virgen, nuestra Señora……

 

    El asiento que la Audiencia tiene en la Iglesia Catedral es en la Capilla Mayor, al lado del Evangelio adonde está una silla de terciopelo pera el que preside, aunque sea Oidor y un banco cubierto con una alfombra para los oidores y a los pies una tarima cubierta de una alfombra y cada uno de los Oidores una almohada…… 

 

    Por el año de 1636 era Obispo de canarias el señor Don Francisco Sánchez de Villanueva, y en ese año el día de corpus Cristi, mientras se celebraba la procesión, tuvo lugar un pintoresco suceso, que no contribuyó ciertamente a la mayor edificación de los fieles en día y fecha tan señalados.

 

    El célebre Obispo D. Cristóbal de la Cámara y Murga, enérgico y muy celoso de su jurisdicción, tropezó también con la Audiencia; a esto alude Viera al hablar de ciertos graves encuentros entre el Obispo, El Capitán General, los ministros de la Audiencia y algunos prebendados para aclarar estos hechos vino a estas islas en calidad de Visitador D. Luís Henríquez, Alcaide del Crimen de Granada…….

 

    Y termino; para ello nada mejor que las elogiosas palabras que en las postrimerías del siglo dieciocho le dirige por su obra un panegirista anónimo “Bien mereces el universal aplauso de cuantos te han sucedido y mas a la vista del descuido y reprensible omisión que han tenido los sucesores; a la verdad después de tu esmero y laborioso afán eres acreedor a nuestras oraciones Año de 1787”



Enlaces de interés:

- Real Audiencia de Canarias (wikipedia)

Comentarios

Entradas populares